Aporte en la factura de energía para el departamento de la Guajira

“El Gobierno Nacional estableció a través del Decreto 1276 del 31 de julio de 2023 del Ministerio de Minas y Energía, que, se debe incluir en cada una de las facturas de energía un aporte para el departamento de la Guajira, así: $1.000 para usuarios de estratos 4, 5 y 6 y de $5.000 para usuarios comerciales e industriales”.

¿Qué define el Decreto 1276 del 31 de julio de 2023?

*Decreto 1276 del 31 de julio de 2023 del Ministerio de Minas y Energía mediante “la cual se adoptan medidas para ampliar el acceso al servicio de energía eléctrica y preservar los medios de subsistencia de la población a través del rescate de la transición energética, con la finalidad de superar la crisis humanitaria y el estado de cosas inconstitucionales o evitar la extensión de sus efectos, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado en el departamento de La Guajira". 

Con el fin de contar con recursos para la energización del área rural y no interconectada al Sistema Interconectado Nacional (SIN) en el departamento de La Guajira, desde el mes siguiente a la expedición del presente decreto legislativo y hasta el término de seis (6) meses o por un término mayor que determine el Congreso dentro del año siguiente, se incluirá en todas las facturas del servicio público de energía eléctrica que se emitan en el resto territorio nacional, un valor denominado "Aporte Departamento de la Guajira" por valor de Mil (1000) pesos colombianos (COP) por factura, cuyo pago será obligatorio para los usuarios de estratos 4, 5 Y 6, Y por un valor de Cinco Mil (5000) pesos colombianos (COP) por factura, cuyo pago será obligatorio para los usuarios comerciales e industriales.

¿A quién le aplica?

A los clientes de estratos socioeconómicos 4, 5 y 6 del servicio de energía domiciliario y clientes de clase de servicio Comercial e Industrial.

¿En qué consiste?

Decreto 1276 del 31 de julio de 2023, que actualmente se encuentran en vigencia, en el que se adoptan medidas para ampliar el acceso al servicio de energía eléctrica y preservar los medios de subsistencia de la población, con la finalidad de superar la crisis humanitaria del departamento de la Guajira, se establece un aumento en las facturas de energía para los estratos 4, 5 y 6 del $1000, y para los comerciales e industriales de $5000. 

Lo anterior significa que, se incluirá en todas las facturas del servicio público de energía eléctrica que se emitan, un valor denominado "Aporte dpto guajira dec 1276"por valor de Mil (1000) pesos colombianos (COP) por factura, cuyo pago será obligatorio para los usuarios de estratos 4, 5 Y 6, y por un valor de Cinco Mil (5000) pesos colombianos (COP) por factura, cuyo pago será obligatorio para los usuarios comerciales e industriales.

¿Quién definió la medida?

El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Minas y Energía.

¿Por qué se implementó la medida?

Esta medida se implementó en el marco de la declaratoria de emergencia económica y social para el departamento de la Guajira, con el fin de contar con recursos para la energización del área rural y no interconectada al Sistema Interconectado Nacional (SIN) en el departamento de La Guajira.

¿A partir de cuándo se aplicará a los clientes?

Desde el mes siguiente a la expedición del presente decreto legislativo y hasta el término de seis (6) meses o por un término mayor que determine el Congreso.

¿A quién no le aplica esta medida?

A los estratos socioeconómicos 1, 2 y 3, y otras clases de servicio diferentes a Comercial e Industrial.

¿Qué se debe tener en cuenta?

- La medida es de cumplimiento obligatorio para las empresas de servicios públicos de energía. 

- El no pago de esta contribución tendrá las mismas consecuencias que el no pago del servicio. 

- Los recursos recaudados se destinarán específicamente a soluciones energéticas en el departamento de La Guajira en Zonas No Interconectadas (ZNI) para la población rural.


- Estos aportes son obligatorios. (Decreto 1276 Ministerio de Minas y Energía, 31 de julio de 2023).

- Este aporte se identifica en tu factura como "APORTE DPTO GUAJIRA DEC 1276"

- La medida es de cumplimiento obligatorio para las empresas de servicios públicos de energía.

- El no pago de esta contribución tendrá las mismas consecuencias que el no pago del servicio.

- El cobro no aplica para estrato 1, 2 y 3.



Última actualización: 2023/08/25

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