Revisoría Fiscal
Ejerce las funciones consagradas en las normas legales vigentes,
en especial las previstas en el artículo 207 del Código de Comercio de Colombia, expresando una opinión
sobre la razonabilidad de los estados financieros.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 0302 de 2015 (incorporado en el Decreto Compilatorio 2420 de 2015),
el Revisor Fiscal aplicará las Normas Internacionales de Trabajos para Atestiguar (ISAE por su sigla en inglés),
anexas a ese Decreto, en desarrollo de las responsabilidades contenidas en el artículo 209 del Código de Comercio,
relacionadas con la evaluación del cumplimiento de las disposiciones estatutarias y de la asamblea de accionistas
y si existen y son adecuadas las medidas de control interno, de conservación y custodia de los bienes de la Sociedad
o de terceros que estén en su poder. El Revisor Fiscal emite informe independiente sobre el cumplimiento de los numerales 1º) y 3º)
del artículo 209 del código de comercio.