Autogeneradores de gran escala
Persona natural o jurídica que produce energía principalmente para atender sus
propias necesidades, y su potencia instalada es mayor a 1 MW (generalmente
grandes comercios e industrias). Los autogeneradores de gran escala a los
cuales les aplica la resolución CREG 174 de 2021 son aquellos que tienen
potencias de generación entre 1 MW y 5 MW.
Estimado cliente, si su capacidad de generación se encuentra dentro de los
límites indicados, usted debe considerar que anexo a la solicitud de conexión
simplificada debe presentar un estudio de conexión simplificada.
Debes realizar un estudio de conexión simplificada de acuerdo los
parámetros establecidos.
Si tu conexión es en el nivel de tensión 1 ingresa a través del siguiente
vínculo:
Con tu número de cuenta o información del transformador para verificar la
disponibilidad de la red. Si tu conexión es en otro nivel de tensión sigue
al paso 3
Si eres es un cliente CHEC y cuentas con el servicio de energía por favor
ubica en tu factura el número de cuenta para realizar este trámite. Una
vez realizado el estudio de conexión simplificado debes realizar el
ingreso de información al formulario de conexión simplificado anexando el
estudio. Para realizar este paso debes tener la siguiente información:
- Número de cuenta
-
Información del solicitante
- Nombre
- Cédula de Ciudadanía / NIT
- Dirección de correspondencia
- Municipio
- Departamento
- Teléfono / Celular
- Email
-
Tipo de solicitud
- Entrega de excedentes: SI/NO
- Forma de entrega de excedentes
- Fecha estimada de conexión del proyecto: dd/mm/aa
-
Información técnica de la generación
-
Tipo de tecnología: solar, biomasa, geotérmica, eólica, hidráulica,
mareomotriz
- Potencia instalada de generación (kW)
- Información de los inversores
-
Información técnica de almacenamiento de energía (si la tiene)
- Proyección de energía generada y consumida (KWH-MES)
Adicionalmente debe adjuntar los siguientes documentos según Art. 14 de la
Res. 174 del 2021 para realizar el trámite:
-
Estudio de conexión simplificado de que trata el artículo 12 de la
Resolución CREG 174-2021 (Si aplica).
- Certificado de capacitación o experiencia en la instalación tipo.
-
Manual del (de los) dispositivo(s) que controla(n) la no inyección a red
o la inyección a red en algún nivel fijo de potencia o energía." (Si
aplica)
-
Archivo de la consulta de la disponibilidad de red en el punto de
conexión en la página web del OR, esto para los casos de AGPE que
inyectan energía a la red y los GD y que se conectan a nivel de tensión
1.
-
Documento donde se demuestre el cumplimiento de normas para inversores,
definidas en el formulario de conexión simplificado. (Circular CREG
021/2022)
-
Otra documentación:
- Diagrama unifilar (usar una norma nacional o internacional)
-
Identificación esquemática de la conexión del sistema de puesta a
tierra con su conductor correspondiente y que contenga el esquema de
protecciones con sus características.
-
Distancias de seguridad respecto a las redes existentes y el cuadro
de cargas de la demanda total.
-
El AGPE, AGGE o GD existentes, y que requieran modificar sus condiciones
actuales de conexión: Documento informando que ya es existente con los
cambios a realizar en la instalación.
Importante: para los clientes que tengan entrega de
excedentes es obligatorio el cambio de medidor a un medidor bidireccional
con registro horario.
La respuesta de la solicitud de viabilidad será entregada a los 5 días
hábiles contados partir del día siguiente del recibo de la solicitud. Su
aprobación tiene una vigencia de 6 meses, si transcurrido este tiempo no
se ha realizado la conexión se liberará la disponibilidad y el cliente
debe iniciar nuevamente el trámite Recuerde: La visita de pruebas se
realizará 2 días antes de la fecha indicada en el formulario como fecha
estimada de conexión del proyecto de autogeneración.
Para conocer el Proceso de conexión para AGGE en caso de aplicar estudio
de conexión simplificado, lo invitamos a ingresar a la cartilla publicada
diseñada para tal fin (página 10 de la cartilla).
Se coordinará con el cliente con 48 horas de antelación la fecha prevista
de la realización de las pruebas. En esta visita el cliente deberá aportar
la siguiente documentación:
- Certificación de conformidad con el RETIE.
- Certificado de conformidad de producto del sistema de medición.
- Certificados de calibración del sistema de medición.
Si en la documentación o pruebas realizadas sobre la instalación se
presenta alguna inconsistencia, se programará una nueva visita en los 7
días hábiles siguientes a la primera visita, si se requiere visitas
adicionales las mismas serán a costo del cliente. Para el año 2018 el
costo de las visitas será de $194.400. Importante:
-
La instalación debe incluir un tipo de protección anti-isla, que
garantice que no se inyectará energía a la red mientras ésta permanezca
desenergizada.
-
El usuario que no exporte energía a la red deberá incluir un limitador
de potencia en la instalación.
A los dos (2) días siguientes de aprobada la visita de pruebas se
realizará la conexión del cliente y el cambio del medidor en el caso de
que el cliente tenga entrega de excedentes.
Para realizar el pago de excedentes de manera mensual, se debe realizar el
proceso de inscripción de proveedores, para lo cual se debe aportar la
siguiente información:
- Formato creación AN8 (adjuntar formato)
- RUT o cédula
- Certificación bancaria (con fecha no menor a 30 días)